Una vez completado el trámite parlamentario, el pasado 21 de mayo se publicaba en el  BOE la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.

El objeto de la ley es “asegurar el cumplimiento, por parte de España, de los objetivos del Acuerdo de París; facilitar la descarbonización de la economía española, su transición a un modelo circular, … y promover la adaptación a los impactos del cambio climático y la implantación de un modelo de desarrollo sostenible …”.

La ley conforma el marco estratégico en materia de energía y clima junto con:

Entre las disposiciones legales introducidas por la Ley, destacar:

  • Neutralidad climática no más tarde de 2050, horizonte para el que el 100% de la producción eléctrica deberá ser ya renovable.
  • Se definen los objetivos a 2030 (revisables a 2023, y en todo caso al alza):
    • reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en al menos 23% en 2030 VS 1990,
    • 42% de demanda final de energía de origen renovable,
    • disminución de consumo de energía primaria en un 39,5% respecto al escenario base
    • 74% de la generación eléctrica renovable.
  • Los ingresos de las subastas de derechos de emisión serán empleados para los objetivos de cambio climático y transición energética. Remarcar que se ha conseguido la introducción en la tramitación parlamentaria de una enmienda estableciendo que cada año se podrá destinar hasta un 25% de los ingresos de las subastas de derechos de emisión para la compensación de costes indirectos, para las instalaciones en riesgo de fuga de carbono. (art. 30).
  • Se da impulso a la utilización de gases renovables, planteando en normativa de desarrollo objetivos, proceso de certificación, etc.
  • La ley introduce nueva gobernanza, reforzando la participación pública, especialmente, ciudadana, así como incorpora criterios ambientales en la contratación pública.
  • El Gobierno incorporará en el Plan Forestal Español, medidas encaminadas a reducir la vulnerabilidad al cambio climático.
  • Las empresas cotizadas, entidades de crédito, aseguradoras y reaseguradoras deberán elaborar un informe anual sobre su exposición a los riesgos del cambio climático y las medidas que se adopten.
  • En 6 meses el Gobierno constituirá un grupo de trabajo de fiscalidad verde.
  • En materia de movilidad, se desarrollará una Estrategia de transporte de mercancías por ferrocarril. Asimismo, se introducen obligaciones en cuanto a puntos de recarga de vehículos eléctricos en aparcamientos no residenciales de más de 20 plazas.
  • El Gobierno establecerá en un año máximo las empresas que deberán calcular y publicar su huella de carbono.  Las empresas obligadas deberán elaborar y publicar un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, que contemplará un objetivo cuantificado de reducción en cinco años, junto con las medidas.

VIA: @aspapel