Entra en vigor el 12 de junio de 2025 | Obligatoria para grandes empresas | Informe anual sobre cálculo de la HC desde 2026, datos 2025 

Cada vez más aspectos ESG dejan de ser una opción estratégica para convertirse en una obligación legal para algunas organizaciones. Con la aprobación del Real Decreto 214/2025, el Gobierno da un paso decisivo, haciendo obligatorio el cálculo, registro y publicación de la huella de carbono para todas aquellas empresas que ya estén obligadas a presentar su estado de información no financiera (EINF).

Desde Acteco, a través de nuestro departamento de consultoría medioambiental, ayudamos a las organizaciones a adaptarse a esta nueva ley de forma técnica, efectiva y alineada con sus planes de sostenibilidad. Y para facilitarte este proceso, hemos preparado una infografía descargable que resume todas las claves del decreto.

¿Qué regula el Real Decreto 214/2025?

Este Real Decreto crea el registro oficial de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de CO₂. Y con ello, establece nuevas obligaciones para empresas.

Se trata de una evolución de la anterior regulación (RD 163/2014), alineada con el Acuerdo de París, los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la estrategia nacional hacia una economía baja en carbono. La ley busca reforzar la rendición de cuentas corporativas y vincular directamente la huella de carbono con la toma de decisiones empresariales, la contratación pública y el acceso a financiación sostenible.

¿A quién afecta esta ley?

Están obligadas a cumplirla todas las empresas sujetas a la Ley 11/2018 de información no financiera, es decir:

  • Grupos empresariales con más de 500 empleados.
  • Empresas que cumplan al menos dos de estos tres criterios durante dos ejercicios consecutivos:
    • Más de 250 trabajadores.
    • Activo consolidado superior a 20 millones de euros.
    • Cifra de negocio superior a 40 millones de euros.
  • Entidades públicas y de interés público.
  • Eventos con más de 1.500 asistentes.

Aunque las PYMEs no están obligadas, cada vez más se ven impulsadas a calcular su huella y presentar planes de reducción como condición para acceder a financiación, formar parte de cadenas de suministro globales o participar en licitaciones públicas.

¿Cuáles son las nuevas obligaciones?

A partir de 2026 (con datos de 2025), las empresas obligadas deberán:

  • Calcular anualmente su huella de carbono de organización (alcances 1 y 2).
  • Elaborar un plan de reducción de emisiones, con un objetivo cuantificado a cinco años, indicando las medidas concretas para alcanzarlo.
  • Publicar en su web, de forma gratuita y accesible, tanto el cálculo de huella como el plan de reducción.
  • A partir de 2028, se incorporará la obligatoriedad del cálculo del Alcance 3 (emisiones indirectas relacionadas con proveedores, transporte, etc.) para entidades públicas. Para el resto, sigue siendo voluntario pero recomendable.

¿Qué debe incluir el informe de huella de carbono?

El informe debe detallar:

  • El ámbito organizacional o, en su caso, el evento específico.
  • Las fuentes de emisión consideradas, así como las que se excluyen.
  • Los datos de actividad y los factores de emisión utilizados en el cálculo.

Toda esta información debe ser clara, verificable y estar preparada para ser publicada en el portal web de la empresa.

¿Qué debe contener el plan de reducción?

Este plan debe establecer:

  • Un objetivo de reducción medible con un horizonte temporal de al menos cinco años.
  • Las acciones y medidas que se van a implementar para lograr dicho objetivo.
  • Los alcances de emisión a los que afecta.

Además, este plan debe ser accesible desde la web corporativa y, preferentemente, incluido también en el informe de sostenibilidad.

¿Y qué ocurre con las PYMEs?

Aunque el Real Decreto no impone obligaciones directas a las pequeñas y medianas empresas, muchas ya están actuando por iniciativa propia o por exigencia de sus grupos de interés. Calcular su huella de carbono y elaborar un plan de reducción les permite:

  • Acceder a ayudas públicas o financiación verde.
  • Participar en licitaciones que exigen criterios ESG.
  • Mejorar su reputación corporativa.
  • Aumentar la transparencia frente a clientes e inversores.
  • Detectar oportunidades de ahorro energético y reducción de costes.
  • Prepararse para futuras exigencias normativas.

En definitiva, incluso para las PYMEs, anticiparse supone una ventaja competitiva real y demostrable.

Beneficios de calcular tu huella de carbono

Invertir en el cálculo de la huella de carbono y en un plan de reducción no debe verse como un coste, sino como una herramienta de transformación empresarial.

Entre los beneficios más destacados están:

  • Alineación con los objetivos climáticos globales y criterios de contratación pública.
  • Reforzamiento de la reputación de marca como empresa responsable.
  • Mayor transparencia y credibilidad frente a clientes, accionistas, administraciones y medios.
  • Identificación de ineficiencias y oportunidades de mejora en el consumo energético y la movilidad.
  • Reducción de riesgos legales, reputacionales o normativos.
  • Acceso a nuevos mercados, alianzas y proyectos con enfoque sostenible.

Descarga nuestra infografía sobre la Ley de Huella de Carbono

Hemos sintetizado esta compleja normativa en una infografía visual y descargable que puedes consultar siempre que lo necesites.

En ella encontrarás:

  • Qué empresas están obligadas.
  • Qué debes reportar y cuándo.
  • Qué contiene el plan de reducción.
  • Cómo publicar la información.
  • Qué beneficios estratégicos tiene actuar ahora.

👉 Descárgala aquí dejando tu email.

¿Cómo te ayuda Acteco?

Desde nuestro servicio de consultoría medioambiental, te acompañamos en todo el proceso de adaptación a esta normativa.

Nos encargamos de:

  • Ayudarte a calcular técnicamente la huella de carbono de tu organización, abarcando los diferentes alcances definidos por la metodología GHG Protocol e ISO 14064 con resultados compatibles con el estándar GRI (Global Reporting Initiative).
  • Diseñar e implantar el plan de reducción de emisiones con objetivos claros y realistas.
  • Asesorarte en la publicación de la información cumpliendo los requisitos de transparencia y reporte.
  • Integrar los resultados en tu estrategia de sostenibilidad y tus informes corporativos.
  • Formar a tu equipo para que los avances sean sólidos y sostenibles en el tiempo.

Convertir esta obligación en una palanca de valor está en tu mano. En Acteco te ayudamos a convertir el Real Decreto en un valor diferencial.