Los ministerios de Transición Ecológica y de Transportes han publicado una nota conjunta para facilitar la información a los transportistas y empresas de transportes de residuos.

Tiene como objetivo informar sobre la normativa de transporte de residuos y de transporte de mercancías peligrosas que es necesaria aplicar.

Normativa de transporte de residuos y de transporte de mercancías peligrosas

Esta nota informativa es un compendio de los requisitos legales e interpretaciones que resulta de gran utilidad tanto para los transportistas de residuos como para productores e instalaciones de gestión de residuos, puesto que todos estos requisitos les afectan por igual.

A lo largo de 15 páginas, el documento repasa las obligaciones de los transportistas de residuos previas al inicio de la actividad y durante la misma, así como la documentación que debe llevar y guardar el transportista durante el transporte.

También realiza un compendio sobre el envasado y etiquetado de los residuos peligrosos, el etiquetado de los residuos que tengan la consideración de mercancías peligrosas, así como los requisitos del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR).El ADR expresa las mercancías peligrosas que se pueden transportar de forma nacional e internacional. Es aplicable para todos los traslados de productos con carácter internacional siempre que sean mercancías clasificadas como peligrosas por carretera al igual que a todas las actividades que impliquen manipulación de los artículos, como el embalaje, la carga y la descarga.

El transporte profesional de residuos se refiere a empresas que realizan, como actividad principal, el transporte de residuos por encargo de terceros, y también el transporte que realizan las empresas en el marco de su propia actividad profesional, como unos de los cometidos que realiza de forma habitual, aunque no sea su actividad principal.

El documento señala como ejemplo de transportista el de un gestor de residuos con una instalación de tratamiento asociada que dispone de una flota de camiones para recoger y transportar residuos a su instalación o a otras instalaciones. Además de las autorizaciones pertinentes que requeriría como gestor de residuos debería de inscribirse también como transportista de residuos.

Esta nota complementa al principal hito relacionado con el traslado de residuos como es la publicación en el pasado de mes junio del Real Decreto de traslado de residuos (LA LEY 9881/2020), que garantiza una coherencia del régimen de traslado de residuos con el reglamento europeo. Con esta nueva normativa se busca mejorar la trazabilidad de los traslados desde el lugar de origen del residuo hasta el destino final, asegurando un correcto tratamiento del mismo. Asimismo, clarifica la tramitación electrónica y facilita la vigilancia y el control de los traslados por parte de las autoridades competentes.

VIA: @asegre